Reforma electoral para regular las nuevas formas de propaganda
Miguel Angel Rodríguez marodrige@gmail.com | Martes 10 septiembre, 2024

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) entre las reformas electorales que planteó en marzo de 2023 incluyó una propuesta para regular las nuevas formas de propaganda durante las campañas políticas.
Es una inclusión necesaria por el desarrollo de las invasivas y muy prevalecientes nuevas formas de comunicación que se han desarrollado con las redes sociales en Internet.
Estas nuevas redes facilitan la acción anónima para difundir falsedades y noticias falsas, conocidas como paparruchadas o “fake news”, que gracias a las facilidades de los algoritmos de esos servicios de comunicación permiten una rapidísima difusión y pueden mover a engaño a amplios sectores de la ciudadanía.
Este peligro se hace hoy aún mayor con la Inteligencia Artificial que facilita fabricar declaraciones con las imágenes de personajes públicamente conocidos como si fueran sus emisores, y de muchas otras maneras hacen posible a muchísimas personas sembrar en las redes de comunicación abiertas al público falsedades que aparentan ser verdades.
Por eso hizo bien el TSE en proponer cambios en la normativa electoral para incluir entre sus atribuciones disposiciones relacionadas con estos nuevos desarrollos comunicacionales.
Hacerlo bien no es fácil dada la novedad de estas nuevas formas de propaganda.
La normativa jurídica se va desarrollando gracias a que en la sociedad se experimentan los resultados de los cambios que se van introduciendo, y se van determinando maneras exitosas de administrar esos cambios en beneficio de la justicia y la libertad.
Pero esto toma tiempo. Pensemos en el largo período que transcurrió entre la aparición de la imprenta y la generalización de libros y hojas sueltas y las regulaciones a las imprentas.
Ahora el cambio es tan acelerado y sus efectos tan profundos que requerimos crear legislación sin darle tiempo a la sociedad para evaluar, asimilar y domar los cambios.
Por eso han hecho bien los legisladores en tomar en cuenta las opiniones de colegios profesionales, de su Departamento de Servicios Técnicos y de profesionales entendidos para emitir el pasado 14 de agosto un dictamen afirmativo de mayoría.
En la propuesta de ley ante el plenario de la Asamblea Legislativa se introducen las plataformas digitales como medio de comunicación en la legislación, y se establecen algunas disposiciones específicas. Por ejemplo, se obliga a las plataformas digitales que brinden servicios de propaganda electoral en el país a que, como otros medios, se inscriban ante el TSE y a que publiquen sus tarifas y, de manera diferenciada y necesaria por su generalizada propiedad extranjera, se les exige designar un representante en el país.
Una de sus más importantes adiciones a la legislación electoral es la de prohibir con relación a la libertad de difundir propaganda: “El uso de cuentas, perfiles, sitios, canales, páginas u otros medios digitales para difundir propaganda electoral a favor o en contra de un partido político o de sus candidaturas y precandidaturas oficializadas en los que el responsable de su contenido no utilice su verdadera identidad.”
También se instruye al TSE: “ordenar, mediante resolución fundada, la suspensión o el retiro, según corresponda, de aquella propaganda pautada por cualquier medio, incluyendo plataformas digitales, dentro del periodo de veda o en contravención de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Podrá el TSE ordenar al medio digital publicar la razón de que la publicación suspendida o retirada lo fue por ser considerada desinformativa.
Sería muy conveniente y oportuno que el plenario de la Asamblea Legislativa apruebe esta legislación a tiempo del próximo proceso electoral.
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